Desregulación y Vulnerabilidad Laboral en la Marina Mercante Argentina: Análisis Crítico del Decreto 340/2025

La controvertida medida permite a buques de bandera extranjera operar bajo matrícula nacional, flexibiliza requisitos laborales y elimina trabas burocráticas.

Fecha: 21 de mayo de 2025

1. Introducción

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, junto con su Anexo “Régimen de Excep­ción de la Marina Mercante Nacional”, establece una reforma estruc­tural en el sector naval y fluvial argen­tino. Su objetivo decla­rado es mejorar la compe­ti­ti­vidad, atraer inver­siones y revertir la crisis del sector, facili­tando la inscrip­ción de buques nacio­nales en regis­tros extran­jeros y flexi­bi­li­zando normas laborales y comer­ciales. Sin embargo, este instru­mento norma­tivo presenta múlti­ples riesgos desde la perspec­tiva de los derechos laborales, la soberanía nacional y la transi­ción justa.

2. Principales cambios normativos

a. Emergencia y desre­gu­la­ción
• Se apela a la emergencia econó­mica para habilitar la flexi­bi­li­za­ción norma­tiva.
• Se redefine el trans­porte fluvial y marítimo como “servicio esencial”, restrin­giendo el derecho de huelga (Art. 24 Ley 25.877).
b. Régimen de Excep­ción
• Permite el “cese provi­sorio” de bandera nacional hasta por 10 años, sin que el buque pierda el trata­miento nacional.
• Se habilita la re-inscrip­ción automá­tica sin costos ni barreras.
c. Flexi­bi­li­za­ción laboral
• El empleador puede contratar libre­mente tripu­la­ción sin inter­ven­ción sindical.
fsac.org.ar
• Se permite la celebra­ción de contratos de ajuste regidos por normas extran­jeras o acuerdos inter­na­cio­nales, fuera del régimen laboral nacional.
• Los salarios mínimos pueden estable­cerse según el Acuerdo TCC Uniforme de la ITF.
d. Apertura al cabotaje extran­jero
• Se autoriza el uso de buques extran­jeros en el cabotaje nacional en caso de “indis­po­ni­bi­lidad”, lo cual puede conver­tirse en regla y no en excep­ción.

3. Análisis crítico

a. Impacto en los derechos laborales
La desre­gu­la­ción del régimen de contra­ta­ción del personal embar­cado debilita las garan­tías colec­tivas previstas por la Ley de la Navega­ción N° 20.094 y los conve­nios colec­tivos vigentes. Al permitir condi­ciones contrac­tuales extran­jeras, se da paso a una compe­tencia a la baja en condi­ciones laborales, que podría derivar en preca­ri­za­ción y pérdida de soberanía regula­toria.
b. Riesgo de desar­ti­cu­la­ción sindical
La libre contra­ta­ción y la exclu­sión del régimen nacional de trabajo neutra­lizan la parti­ci­pa­ción de las organi­za­ciones gremiales en la deter­mi­na­ción de dotaciones mínimas, condi­ciones laborales y defensa de sus afiliados. Esto confi­gura una altera­ción sustan­cial del modelo de relaciones laborales en el sector.
c. Pérdida de capaci­dades indus­triales y estra­té­gicas
La deroga­ción de la obliga­ción de contratar con astilleros nacio­nales y la elimi­na­ción de barreras a la impor­ta­ción de buques usados atenta contra la indus­tria naval argen­tina. Además, se profun­diza la depen­dencia de armadores y regis­tros extran­jeros, compro­me­tiendo la estra­tegia de desarrollo marítimo nacional.
d. Ausencia de mecanismos de transi­ción justa
fsac.org.ar
No se prevén planes de recon­ver­sión laboral, forma­ción profe­sional ni evalua­ciones ambien­tales. La lógica de la compe­ti­ti­vidad se impone sin consi­derar impactos sociales ni ecoló­gicos, en contra­po­si­ción a los princi­pios de la OIT y al Acuerdo de París.

4. Recomendaciones

1. Revisión legis­la­tiva inmediata en el Congreso, a través del control de consti­tu­cio­na­lidad de los DNU, y su posible rechazo por afectar derechos funda­men­tales.
2. Inter­ven­ción de la justicia laboral y consti­tu­cional ante eventuales conflictos por vulne­ra­ción de derechos adqui­ridos y compe­ten­cias sindi­cales.
3. Propuesta de una ley marco de transi­ción justa para el sector naval, que contemple recon­ver­sión produc­tiva, empleo decente y crite­rios ambien­tales.
4. Articu­la­ción de sindi­catos marítimos y fluviales con organi­za­ciones ambien­tales y de derechos humanos para visibi­lizar los impactos del decreto.

5. Conclusión

El Decreto 340/2025 repre­senta un avance sustan­cial del paradigma de la desre­gu­la­ción sobre los princi­pios del trabajo decente, la soberanía y la justicia social. Su imple­men­ta­ción sin salva­guardas laborales ni ambien­tales podría agravar las desigual­dades estruc­tu­rales en el sector y conso­lidar una forma de exclu­sión norma­tiva que contra­dice los compro­misos inter­na­cio­nales del país.

 

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