La crisis ecológica global exige mucho más que leyes ambientales. Necesitamos un nuevo pacto jurídico que ponga al trabajo digno en el centro de la transición ecológica. Una justicia climática real será también una justicia social.
El Antropoceno desafía al derecho:
entre colapso ecológico y dignidad humana
Vivimos en el Antropoceno, una era en la que la acción humana ha alcanzado una escala geofísica. Este tiempo no solo trae consecuencias ambientales, sino profundas tensiones éticas, jurídicas y sociales. En este marco, la consulta presentada por Colombia y Chile ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos propone una transformación fundamental: repensar el derecho a partir del trabajo, la sostenibilidad y la justicia intergeneracional.
Esta Opinión Consultiva, impulsada por el Frente Sindical de Acción Climática (FSAC), plantea preguntas clave: ¿Qué obligaciones tienen los Estados frente al cambio climático? ¿Cómo asegurar empleos dignos en sectores sostenibles? ¿Qué lugar ocupa el trabajo en un mundo que busca adaptarse al colapso ambiental?
Trabajo y clima: una relación inseparable
El documento sostiene que no puede haber justicia ambiental sin justicia social. El trabajo —más que una actividad económica— es un vínculo entre las personas y el entorno, y debe ocupar un lugar central en cualquier transición ecológica justa. Esto implica que las políticas climáticas no deben ignorar los derechos laborales, sino integrarlos como condición de legitimidad democrática.
Los sectores más expuestos a los efectos del cambio climático (agricultura, salud, pesca, minería) enfrentan no solo riesgos físicos, sino también inestabilidad laboral y reconversiones productivas sin protección. Por eso, la consulta destaca el principio de transición justa, promovido por la OIT, que exige diálogo social, formación profesional, y políticas activas que no sacrifiquen a los trabajadores en nombre de la sostenibilidad.
El rol transformador de los sindicatos
El amicus curiae del FSAC propone un cambio de paradigma: reconocer a los sindicatos como actores fundamentales en la gobernanza climática. Ya no solo negocian salarios o condiciones laborales, sino que protegen territorios, denuncian pasivos ambientales y defienden un trabajo digno en contextos de crisis.
Este sindicalismo ecológico plantea una nueva normatividad basada en principios como la equidad interseccional, la participación democrática y la protección de los defensores ambientales. La Corte IDH tiene la oportunidad de consolidar esta visión y sentar precedentes para un derecho más justo y ecológicamente viable.
Justicia intergeneracional y obligaciones diferenciadas
Uno de los aportes más disruptivos de la solicitud es su enfoque en las generaciones futuras. Por primera vez, se le pide a la Corte que piense la justicia más allá del presente, considerando a niñas, niños y aún no nacidos como sujetos de derecho. Además, se invoca el principio de responsabilidad común pero diferenciada, que exige a los Estados con mayor impacto ambiental asumir compromisos reforzados.
Conclusión: el trabajo como pilar de un nuevo pacto climático
El derecho del trabajo nació para proteger a los vulnerables frente al poder económico. Hoy, en un contexto de crisis ecológica global, debe adaptarse para garantizar que la transición hacia economías sostenibles sea justa y democrática. Esta Opinión Consultiva puede marcar un antes y un después: impulsar una nueva arquitectura jurídica donde el derecho laboral y ambiental se integren como pilares de un futuro habitable y equitativo.